El gobierno de Jalisco anunció este domingo que las medidas de aislamiento social y prevención contra el Covid-19 serán obligatorias a partir de hoy. Además, afirmó que habrá sanciones que van desde una amonestación, hasta arresto por 36 horas y multas desde 86 hasta 86 mil pesos.
Pero, ¿esto quiere decir que no podrás salir para nada de tu casa? No, a menos que seas adulto mayor; tengas alguna enfermedad crónica como diabetes, hipertensión, insuficiencia renal, etc.; padezcas de obesidad, tabaquismo, o cualquier afectación que ponga en riesgo la salud; si tienes síntomas de enfermedad respiratoria, y si eres o has tenido contacto con alguien enfermo con Covid-19.
Eso sí, no podrás salir como normalmente. Si tenías pensado hacer reuniones o fiestas, están prohibidas. Solo podrás dejar tu casa para actividades esenciales, es decir, si tienes que comprar alimentos, despensa o productos de aseo del hogar o personal, ir a la farmacia, al médico, al trabajo, etcétera, eso sí está permitido. Claro, siempre y cuando uses cubrebocas.
En estos casos, si la policía te llega a ver en la calle y te detiene, solo debes explicarles tu situación. Así, simplemente te darán los buenos días y ambos seguirán su camino.
Actividades que puedes hacer fuera de casa y está permitido
- Ir al mercado, tianguis o a la tienda.
- Ir a un restaurante o fonda.
- Ir al médico.
- Ir a la farmacia.
- Ir al trabajo, siempre y cuando se trate de una actividad esencial.
- Ir al veterinario
- Ir al banco.
Actividades prohibidas
- Trabajar en giros no esenciales.
- Salir a actividades deportivas o recreativas.
- Realizar o acudir a fiestas.
- Acudir a plazas o jardines públicos.
- Salir a la calle sin cubrebocas.
- Salir en grupos.
- Salir si eres adulto mayor, embarazada, con enfermedad crónica o con síntomas de enfermedad respiratoria.
Actividades esenciales y no esenciales
COMERCIO
ESENCIAL
● Restaurantes, preferentemente con servicio a domicilio o alimentos para llevar (ver nota)
● Puestos de alimentos preparados como taquerías, loncherías, entre otros (ver nota)
● Envases, empaque y embalaje
● Tianguis (Sólo con puestos que vendan alimentos, bebidas y productos de necesidades básicas)
● Tiendas naturistas , tortillerías y panaderías
● Refaccionarias
● Estacionamientos públicos
● Ferreterías, tlapalerías y Papelerías
● Lavanderías
● Todos los productos y servicios que forman parte de la cadena de suministro de los servicios sanitarios y de salud (medicina alternativa, terapia psicológica, fisioterapia, dentista, ópticas, entre otros)
NO ESENCIAL
● Establecimientos en plazas comerciales con actividades no permitidas
● Tiendas departamentales
● Mueblerías
● Ropa, bisutería y accesorios de vestir
● Calzado
● Artesanía
● Tiendas de regalo
● Agencia automotriz
● Jugueterías
● Artículos deportivos
● Tintorerías
* Nota: Respetando los protocolos de distanciamiento, sanitización y que para la recolección de alimentos sólo asista una persona por familia. Igualmente importante destacar que no existe Ley Seca.
SERVICIOS
ESENCIAL
● Hoteles (No para uso vacacional. Solo para uso de personas participando en actividades esenciales)
● Aseguradoras, casas de cambio, cajas de ahorro
● Notarías , Despachos jurídicos y contables
● Call centers
● Cerrajerías
● Talleres mecánicos y grúas
● Talleres de bicicletas
● Reparación de electrodomésticos
● Veterinarias
● Fumigación
NO ESENCIAL
● Filmaciones
● Producciones
● Publicidad
● Agencias de modelos
● Consultoría de negocios
● Galerías y museos
● Academias
● Gimnasios
● Estéticas
● Spas, Moteles y Balnearios
INDUSTRIA
ESENCIAL
● Las que participan directamente en el abasto, servicio o proveeduría de las actividades esenciales o cuya suspensión tenga efectos irreversibles
● Todos los productos médicos, industriales, agroindustriales y del campo que sean comercializados en supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes, mercados, farmacias, ferreterías, o cualquier establecimiento considerado actividad esencial
● Construcción, mantenimiento y operación de la infraestructura crítica y la relacionada con actividades esenciales y toda su cadena de suministro; así como las que tengan efectos irreversibles
● Producción de papel, vidrio, metal, plástico y materias primas
● Impresión y etiquetado para insumos y productos esenciales
● Electrónica, que esté relacionada con actividades esenciales o con efectos irreversibles
● Telecomunicaciones, medios de información y toda su cadena de suministro y construcción.
NO ESENCIAL
● Aquellas que no logren demostrar que son necesarias

Periodista egresado del CUSur. Aficionado por los deportes, la política y el periodismo. En El Suspicaz funge como co coordinador. También escribe para NTR Guadalajara y Letra Fría. Integrante de #CONNECTASHub.